La vivienda no debe construirse en lugares contaminados, aprueba el Legislativo local
Dialeysi Casillas
13 de Enero de 2017
*Tampoco en la proximidad de fuentes de contaminación que amenacen el derecho a la salud
Con el propósito de garantizar el derecho a una vivienda digna y decorosa, en sesión pública ordinaria llevada a cabo el pasado miércoles 14 de diciembre del 2016, las diputadas y diputados aprobaron por unanimidad el decreto que tiene por objeto reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de Vivienda para el Estado de Nayarit, en materia de hábitat.
Esta reforma que fue presentada por el diputado local Francisco Javier Jacobo Cambero señala puntos esenciales, los cuales se refieren a incorporar el concepto de hábitat adecuado, especificar el concepto de vivienda digna y decorosa, así como agregar nociones de espacios habitables y auxiliares.
En cuanto a la incorporación del concepto de hábitat adecuado, se define con el fin de generar conciencia de lo que representa el entorno en el que se vive y se desarrolla, un hábitat adecuado representa uno de los factores principales para que los nayaritas tengan una mejor calidad de vida y disfruten el pleno goce de sus derechos fundamentales.
Al especificar el concepto de vivienda digna y adecuada, es vivir en seguridad, paz y dignidad, así como contar con un hábitat que incluya espacios adecuados para poder aislarse si se desea y que cuente con iluminación y ventilación.
En cuanto a agregar nociones de espacios habitables y auxiliares, ello da lugar a generar mayores y mejores condiciones estructurales que deberán de tomarse en cuenta para la construcción de viviendas, y así contar con espacios mínimos que sean acordes al concepto amplio de vivienda adecuada.
Es preciso señalar que una de las reformas a la Ley de Vivienda para el Estado de Nayarit tiene que ver con el objetivo de la misma, por lo que, quedó establecido que este ordenamiento legal regula, coordina y concierta acciones con los sectores público, social y privado, dirigidas a garantizar el derecho y el disfrute de una vivienda digna y un hábitat adecuado para todas las personas y no para las familias como anteriormente se estipulaba.
Al adicionar el apartado de definiciones se resume que la vivienda debe construirse en lugares no contaminados ni en la proximidad de fuentes de contaminación que amenacen el derecho a la salud de los habitantes.
De esta manera la trigésima primera legislatura impulsa la sustentabilidad para crear condiciones que generen un hábitat adecuado para los nayaritas y sus familias.
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