Tepic, Nayarit, viernes 29 de marzo de 2024

La exigencia de actas de nacimiento recientes

Sergio Mejía Cano

30 de Julio de 2019

A ambos lados de la entrada principal de la Presidencia Municipal de Tepic penden dos anuncios en donde el Ejército Mexicano solicita de mujeres. Y entre los requisitos hay algo que llama la atención, ya que entre otros señala que se requieren tres actas de nacimiento certificadas por el Registro Civil y de fecha reciente, y entre paréntesis se añade que con no más de tres meses de expedición.

Y esto es lo extraño, ya que si dichas actas de nacimiento al estar ya estar certificadas desde ese mismos instante se convierten en documentos oficiales y que desde luego, no tendrían por qué perder vigencia alguna, pues al estar certificadas se está dando el aval ante cualquier instancia que es un documento con todas las de la ley y que por lo mismo, por ningún motivo deberían perder actualidad o que tengan que ser recientes, porque en este caso habría una incongruencia en cuanto a la validez de un documento entregado por una alcaldía o una entidad federativa al negarles alguien más esa validez.

Esto de estar solicitando actas de nacimiento “recientes” ya tiene tiempo que ha estado molestando el bolsillo de buena parte de la población, porque hasta en las escuelas de educación básica la tónica es que las actas que lleven los padres de familia al momento de hacer la matrícula, las directivas de los planteles escolares insisten en que dichas actas sean lo más recientes posibles.

Se entiende que los municipios y entidades del país requieren de hacerse de recursos, pero esto de hacer inválido un documento oficial nomás porque sí, se podría considerar como una verdadera incongruencia entre quien expide dichas actas y quien las rechaza, porque el documento no trae fecha de vencimiento y ni quien la expide le dice a quien la solicita que únicamente tiene validez de tres meses o menos. Entonces ¿por qué en donde quiera que sea que se ocupe un acta de nacimiento se pide que sea reciente? ¿Habrá alguna ley o artículo que diga que las actas de nacimiento pierden vigencia a determinado tiempo de haber sido expedidas? Que se sepa no hay –hasta el momento- nada que avale el que un documento de tal tipo pierda su vigencia o validez después de tres meses o menos, así que ¿cuál será la razón, aparte de sangrar el bolsillo de la población el que se pidan actas de nacimiento recientes?

Afortunadamente la Jefa de Gobierno de la hoy Ciudad de México, Claudia Sheinbaun, ya echó abajo el mentado requisito de tener que presentar actas de nacimiento con menos de tres meses de haber sido expedidas en cualquier trámite que se tenga que hacer y que se requiera este tipo de documento, y ojalá y este ejemplo se siga al resto del país debido a que aparte de significar un duro golpe a la economía de gran parte de la población, es también hacerle perder tiempo y esfuerzo y más, para padres de familia que tienen más de dos hijos en una misma escuela; pero no nada más en este aspecto escolar, sino en cualquier lugar en donde se tiene que presentar la susodicha acta.

Insisto, se entiende que municipios y entidades buscan la manera de hacerse llegar recursos adicionales a los ya etiquetados, pero esto de darle vigencia de tres meses a un documento oficial y ya certificado como que no va, y menos en estos tiempos en que la tecnología digital está muy avanzada, por lo que desde que por ejemplo un padre de familia presenta el acta de nacimiento de sus hijos en preescolar desde luego debe de quedar capturada con todos sus datos, por lo que ya no sería necesario presentar otra acta y menos reciente porque se entiende que la escuela en cuestión ya registró dicha acta, y cuando el alumno vaya avanzando de grado escolar, pues es de suponer que la Secretaría de Educación Pública (SEP) ya tiene los datos de ese alumno y por lo mismo ya no se requeriría de nuevo que presentara su acta de nacimiento porque ya la tendría capturada la SEP; tal y como sucede por ejemplo en una tienda departamental en donde muchos estamos endrogados y que dicha tienda cuenta con sucursales y acude uno a alguna de estas y que con tan solo dar el nombre, éste aparece en cualquiera de las sucursales. Así que igual podría funcionar esto del acta de nacimiento para una persona que registre su acta desde preescolar hasta los estudios medios y superiores. E igual para cualquiera otra instancia en que se solicite acta de nacimiento para equis trámite, que con una sola vez que se registre o capture, ya no sea necesario volverla a exigir, y menos reciente, tal y como se estila hoy en día.

Sea pues. Vale.


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