La Fiscalía de Nayarit y su ley orgánica están fuera de la ley
Octavio Camelo Romero
27 de noviembre de 2019
Hay mitos que se derrumban cuando son sometidos a un análisis serio o legal, según sea el caso. Y la existencia legal de la Fiscalía General del Estado de Nayarit al igual que su Ley Orgánica, constituyen uno de esos casos.
Recordemos el júbilo manifiesto de los Diputados locales en el momento de la designación del Fiscal General; sin embargo, no se percataron de que el proceso de selección del Fiscal se estaba dando sin la existencia legal de la figura legal de la Fiscalía y sin Ley Orgánica de la Fiscalía; por tal motivo, desde los tiempos de Edgar Veytia, todas las indagatorias resueltas por los Ministerios Públicos y las acciones ejecutadas por la Policía Nayarit son “nulas de pleno derecho” o, mejor dicho, quienes ejercieron esas funciones en tales circunstancias, incurrieron en la comisión de un delito plasmado en el Código Penal; ante tal situación, nos dice el jurisconsulto Alfredo Romero Robles, que procede que todas las victimas acudan al Amparo para, por lo menos, la reposición del procedimiento que les imputaron y la reparación de daño moral.
La verdad real y legal de la “omisión legislativa”, de la violentación a la Constitución Política del Estado de Nayarit y nuestra Carta Magna, se desprende de la publicación del Periódico Oficial, órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, de fecha 21, veintiuno, de enero de 2013, dos mil trece, “transitorio artículo segundo”, página 16, que a la letra reza textualmente: “El Congreso del Estado, dentro del plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor de la presente reforma, deberá expedir las adecuaciones legales conducentes relacionadas con la Fiscalía General”; hacemos notar que se omite la entidad federativa correspondiente, y la entrada en vigor correspondió al 22 de enero de 2013, Transitorio Artículo Primero, periodo que concluyó el 22 de enero de 2014; y como es de constar en Periódico Oficial de fecha 15 de mayo de 2014, se publicó Decreto de la presunta Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit, quedando constatada la “omisión legislativa” por prolongada “mora” o “destiempo” con el término constitucional decretado anticipadamente en transitorio primero y segundo de fecha 21 de enero de 2013.
Por lo tanto, es evidente la “INCONSTITUCIONALIDAD” que deja en estado de indefensión a la ciudadanía, porque tanto la Fiscalía General del Estado como la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, continúan “fuera del marco legal”, o mejor dicho, no se encuentran en “función de legalidad constitucionalidad”, en tanto, la que si se encuentra vigente actualmente es la “Procuraduría General del Estado”.
El Congreso del Estado si quiere cambiar la figura jurídica de Procuraduría a Fiscalía, debe empezar de cero, de otra manera el “desaseo” procedimental que existe en la supuesta Fiscalía General del Estado de Nayarit, tarde o temprano, será usado por los abogados y se ampararán y pedirán la reposición de procedimientos.
La entonces XXX, Trigésima, Legislatura del Congreso del Estado, de la que formó parte el hoy Diputado Líder del Congreso, Dr. Leopoldo Domínguez, estuvo encabezada por Armando García Jiménez y Carlos Saldate como Presidente de la Comisión Constitucional, son los principales responsables de que la Fiscalía General del Estado represente un ente “fentasmagórico”; y los Diputados de la actual XXXII, Trigésima Segunda, legislatura, sin lugar a dudas, ya está involucrada su responsabilidad, pues la Ley Orgánica de la Fiscalía, publicada en destiempo, es NULA DE PLENO DERECHO. En fin.
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