Tepic, Nayarit, jueves 28 de marzo de 2024

Determinar si está o no prohibido filmar y grabar

Sergio Mejía Cano

02 de Agosto de 2018

Cotidianamente aparecen en las redes sociales videos de hechos delictuosos que filman los ciudadanos por medio de sus teléfonos móviles para posteriormente o en directo subirlos a dichas redes para hacer saber a sus contactos de lo que fueron testigos. Sin embargo, los que más se publican no son precisamente para reportar el hecho delictuoso en sí, sino la actitud prepotente con la que a veces se comportan los elementos policíacos que aparecen en dichos videos que tratan de impedir que graben las escenas los ciudadanos comunes.

De hecho, hoy en día gracias a la tecnología con que cuentan los teléfonos celulares, quien traiga uno de estos aparatos que entre sus aplicaciones tenga cámara fotográfica o de video y grabadora de voz, por este simple hecho ya se convierte en un reportero en potencia siempre y cuando no le impidan grabar los elementos de las corporaciones policíacas o de las fuerzas armadas que estén ahí presentes que en la mayoría de los casos en que aparecen, con una mano tratan de tapar el aparato telefónico o la posible cámara de video o fotográfica diciéndole a su poseedor que no está permitido filmar, que está prohibido que graben y, en ocasiones se ha documentado que les arrebatan el celular y hasta se los decomisan hasta haberles borrado toda evidencia de que grabaron su actuar.

Se han dado casos en que se oye que un policía le pregunta al ciudadano que está grabando que si es de la prensa o reportero y le pide que se identifique como tal y si no demuestra ser reportero o de la prensa quien está grabando, los policías o miembros de las fuerzas armadas conminan al ciudadano a que deje de estar filmando, a veces de buena manera y otras veces de un modo más persuasivo.

Para evitar todos estos conflictos que se dan entre ciudadanos y reporteros con los miembros de las corporaciones policíacas y de las fuerzas armadas, convendría de bien a bien que se dé a conocer por parte de las autoridades correspondientes y los mismos legisladores, tanto a unos y otros si está o no prohibido que los ciudadanos comunes hagan uso de sus móviles para filmar acontecimientos de los que están siendo testigos por estar ahí en el lugar de los hechos de una u otra forma; y que se dictamine que mientras los ciudadanos no estén interrumpiendo las labores policíacas, no tienen ni por qué voltear a ver a los ciudadanos, mucho menos dirigirles la palabra en forma altisonante para que no graben lo que están haciendo los elementos policíacos, así sea bien o mal lo que estén desempeñando.

Queda claro que gracias a estos videos que graban los ciudadanos ya no han quedado muchos delitos impunes, pero sobre todo abusos de autoridad, porque gracias a filmaciones de los ciudadanos y cámaras de seguridad en el momento preciso, se han descubierto a los causantes de hechos delictuosos; y gracias a estos videos también se ha comprobado que cuando se acusaba a los elementos policíacos de abuso de autoridad, no eran simples rumores ni falsa información, ya que con la prueba de una grabación de video ni para donde se hagan los malos elementos policíacos captados en flagrancia.

Por eso, sería bueno que ahora que se les está impartiendo a los policías municipales y de vialidad de Tepic cursos de capacitación para actualizarse en el nuevo sistema de justicia penal, se les hiciera ver a los primeros cuál será el radio de acción que tendrán que delimitar con la cinta amarilla para impedir a los curiosos contaminar la escena del crimen o hecho delictuoso, y que se les informe si está o no prohibido que impidan que graben la escena aun sin rebasar la franja de contención; y si no está prohibido, por el momento, que los ciudadanos estén filmando como si fueran reporteros, y a los policías que traten de impedir que filmen, que se les acuse del delito de agresión contra los ciudadanos a los que están obligados a cuidar y proteger; y además, obligarlos a hacer diariamente una plana completa escrita a mano del primer párrafo del artículo 16 constitucional.

Y a los segundos, es decir, a los agentes viales, hacerles comprender que es de primordial importancia agilizar el tránsito vehicular más que estar quitando placas de los automóviles, ya que al estar entretenidos despojando a un ciudadano por lo que pagó, se deja de vigilar que no se hagan embotellamientos vehiculares; que en vez de hacer eso, es mejor hacer avanzar los vehículos, sobre todo los del servicio de transporte urbano que son los que más ocasionan los bloqueos de tránsito vehicular.

Sea pues. Vale.

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