Tepic, Nayarit, viernes 19 de abril de 2024

La del petróleo y electricidad no es reforma

Miguel González Ibarra

27 de diciembre de 2013

ES SUBLEVACIÓN CONTRA EL PODER SUPREMO DE LA REPÚBLICA

En mi opinión anterior titulada “LA CONTRAHISTORIA”, se registró un comentario que es obligado contestar. Una persona con el pseudónimo de Antiandi cuestiona el carácter INMUTABLE de la Carta Magna, afirmando, con el propósito de soportar su dicho, que “ha habido como 500 reformas constitucionales”. La respuesta debe hacerse por lo trascendente de la cuestión y porque en estos momentos de la vida del país, se tiene que estar en y dar el debate de las ideas, todavía más, por tratarse en este caso, de dos de los recursos fundamentales para el presente y futuro de México, con la añadidura, de que, el petróleo es todo para los mexicanos.

En efecto, 571 veces, para ser exactos, se le ha metido mano a la Constitución, que es, la Constitución (hay que decirlo desde al iniciar esta tesis), el PODER SUPREMO DE LA REPÚBLICA, para lo cual, han intervenido las dos cámaras de la Unión, las legislaturas locales y el Presidente de la República, éste, en su carácter de iniciador y quien tiene la facultad de promulgar para ordenar la correspondiente publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Hagamos el recuento:

Con Obregón, 8; con Calles, 18; con Portes Gil, 2; con Ortiz Rubio, 4; con Abelardo L. Rodríguez, 22; con Lázaro Cárdenas, 15; con Ávila Camacho, 18; con Miguel Alemán,20; con Ruiz Cortines, 2; con López Mateos, 11; con Díaz Ordaz, 19; con Echeverría, 40; con López Portillo, 34; con De la Madrid, 66; con Salinas, 55; con Zedillo, 77; con Fox, 31; con Calderón, 110; y en lo que corre del actual gobierno con Peña Nieto, van 18; para contabilizar un total de 571, como ya lo señalamos en el párrafo anterior. De las 571 supuestas “reformas constitucionales”, no todas han sido reformas y/o adiciones, tal y como lo establece el penúltimo precepto de la Ley de Leyes. Para puntualizar cuales han sido reformas y adiciones, se requiere todo un tratado, ocupando el espacio de todo un libro. En el caso que nos ocupa, vamos a lo concreto.

La última, que toca petróleo y electricidad, no es reforma, menos adición. El artículo 135 de la Constitución, redactado y votado por el Constituyente de Querétaro y promulgado el 5 de febrero de 1917, precisa con contundencia la INMUTABILIDAD de la Carta Magna, al señalar que ésta, se puede adicionar y reformar a través de las entidades ya indicadas en la presente opinión.

Lo que hicieron el PRI y el PAN fue cambiar radicalmente el artículo 27 constitucional. No se trata ni de reforma ni adición.

¿Por qué afirmamos que se cambia radicalmente el artículo 27 constitucional sin tratarse de una reforma al mismo, por consecuencia, impactando del mismo modo a los artículos 25 y 28 que también fueron cambiados, más nunca, reformados, apegándonos al rigor de lo científico?

Porque termina con la propiedad nacional sobre el petróleo y la industria eléctrica. Eso se llama cambiar, no reformar ni adicionar, tal cual es el principio sellado hace 96 años, cuyos conceptos elevan al rango de INMUTABILIDAD a nuestra Constitución.

Profundicemos más en la cuestión:

ADICIONAR es añadir o agregar una cosa a otra, es decir, la propiedad de la nación, no puede ser cambiada; podrán añadírsele y agregar elementos y cuestiones que la fortalezcan, pero, a partir del principio de que el petróleo y la electricidad son propiedad de todos los mexicanos y está prohibida la intervención de compañías extranjeras en cualquier nivel del proceso productivo, así, como, tampoco, pueden participar propietarios privados mexicanos. Esto es exclusivo de la nación. Y ningún particular de aquí o del exterior, nunca llegará a tener más capacidad económica ni talento ni inteligencia, que la nación mexicana. ¿Podrá existir un ente más poderoso e inteligente que 117 millones de personas que somos las que habitamos este país?. Jamás. Imposible. Nunca. Por eso, ya en otras ocasiones hemos afirmado que la propiedad nacional es todopoderosa. Por eso es y será eterna.

REFORMAR es arreglar, corregir o enmendar, más, nunca, cambiar. Reformar la Constitución, no es cambiar literalmente el texto de la misma. En el caso que tratamos, Reformar es, de acuerdo al principio del 135 constitucional resuelto por el Constituyente de Querétaro, arreglar o corregir o enmendar, la gramática del 27, a partir de respetar escrupulosamente la propiedad de la nación en materia de petróleo y electricidad. Hicieron todo lo contrario de lo mandado por este precepto extendiendo la nefasta e inaceptable acción a los artículos 25 y 28.

Repito: con esta supuesta reforma de los golpistas vendepatrias abanderados del capitalismo salvaje, pretenden acabar con el petróleo y la electricidad como propiedad de la nación mexicana, al abrir el acceso de capitales extranjeros.

Son las razones por las que sostenemos que la del petróleo y electricidad no es reforma, es sublevación contra el poder supremo de la República: la Constitución. Los sublevados son los legisladores del PRI y del PAN, así como el Presidente de la República. Éstos, son ya prófugos de la justicia. Lo que sigue es aplicar el mandamiento del artículo 136 constitucional.

Blog del autor: http://miguelgonzalezibarra.wordpress.com/

Twitter: @MGonzalezIbarra
 

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