Tepic, Nayarit, viernes 26 de abril de 2024

El gremio ferroviario también exige justicia laboral

Sergio Mejía Cano

06 de Junio de 2022

Cuando el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) anunció en su conferencia matutina, el pasado 10 de febrero de 2022 que, se haría justicia a los trabajadores de la Compañía Luz y Fuerza del Centro (LFC), al haber quedado sin trabajo cuando la desapareció el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa que, ahora ya se supo que fue para darle entrada con más facilidad a las empresas de electricidad extranjeras, sobre todo las españolas; se encendió una luz de esperanza entre los miles de trabajadores ferroviarios que quedaron también en la calle debido a la privatización de los Ferrocarriles Nacionales de México, y que ya tienen más de 24 años esperando la resolución a sus demandas laborales.

En sí, la esperanza hizo su aparición entre el gremio ferroviario desde el momento en que se dio a conocer el triunfo electoral de AMLO; sin embargo, ya pasaron más de tres años y medio y aún no se ve solución alguna. De ahí que, en cuanto se dio a conocer que se haría justicia a los trabajadores de LFC, la mayoría, si no es que todos los ferroviarios afectados por la concesión de los ferrocarriles a la Iniciativa Privada (IP), de inmediato se pensó que seguía el gremio ferroviario en cuanto a justicia laboral se refiere. Pues las liquidaciones y jubilaciones que dio el entonces gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León, avaladas en forma tripartita, tanto por el mismo gobierno de Zedillo Ponce de León como por las neo empresas concesionarias, así como por el mismo sindicato de ferrocarrileros, estuvieron y se dieron muy fuera de orden y sin apego a la Ley Federal del Trabajo (LFT) y, además, las jubilaciones que se otorgaron a los trabajadores varones con más de 25 años de servicio, y a las mujeres con más de 20, aparte de que fueron muy bajas, generó una discriminación de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, por ende, a la Ley de discriminación, pues se supone que de acuerdo al artículo 4° constitucional, mujeres y hombres son iguales ante la ley y, de acuerdo a la ley de discriminación, no se tenía que haber condicionado el tiempo de años de servicio entre ambos géneros; pues debió haber sido parejo para ambos sexos.

Ahora bien: de acuerdo a la misma LFT, esta señala que, cuando dos o más empresas se fusionen, prevalecerá el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), cuyas prestaciones favorezcan más a la clase trabajadora. Así que, cuando se dio la fusión de las entonces líneas ferroviarias del país que eran el Ferrocarril Sonora Baja California (SBC), Ferrocarril Chihuahua al Pacífico (CHP), Ferrocarriles Unidos del Sureste (FUS) y el Ferrocarril del Pacífico (FCP) y, a su vez absorber a la compañía de Servicios Coches Dormitorios (SCD), antes la compañía Pullman, el CCT que debió prevalecer era el del FCP, por tener las mejores prestaciones laborales más que el de Nacionales de México (NdeM) que, precisamente era con el que se manejaban las demás líneas ferroviarias del país. Incluso se conformó una mesa para hacer los comparativos correspondientes ente un CCT y otro, saliendo avante el del FCP, debido a sus pagos dobles, continuados y adicionales, así como otorgar el equipo e implementos necesarios para el desempeño del servicio, tales como proporcionar uniformes para los tripulantes de los trenes de pasajeros, guantes, pilas, petróleo, hielo en temporada de calor y, desde luego, permisos, vacaciones, becas, defensa legal por accidentes, etcétera, así como tener contemplado las jubilaciones proporcionales a partir de los diez años de servicio ya fuera por incapacidad o algún otro motivo justificado.

Así que, por las prestaciones que contenía el CCT del FCP y que no las tenía el de NdeM, fue el que debió regir en lo sucesivo; sin embargo, el CCT del FCP que contemplaba las Divisiones Sonora y Sinaloa fue desechado, prevaleciendo ilegalmente el de NdeM, y que fue el que vendió el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana (STFRM), quedando derogado al momento de la concesión a la IP.

Así que, legalmente, el CCT del FCP podría haber quedado vivo, porque no se derogó en ningún momento ante la Secretaría del Trabajo, porque el CCT que quedó sin efecto al momento de la privatización de los ferrocarriles fue el de NdeM y, si el del FCP contemplaba las jubilaciones proporcionales, ahí también hay un foco de luz para hacer justicia a los miles y miles de trabajadores ferroviarios.

Ahora lo único que pide y exige el gremio ferroviario es justicia laboral.

Sea pues. Vale.

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