Tepic, Nayarit, jueves 28 de marzo de 2024

La educación inicial es un derecho humano y jurídico

Octavio Camelo Romero

01 de Diciembre de 2017

Se entiende por “educación inicial” a la estimulación que los niños y niñas deben de recibir en sus primeros 1,000 días de nacidos para desarrollar todas las potencialidades humanas. Por el sólo hecho de ser humanos, los niños y niñas desde incluso antes de su nacimiento, ya tienen el “derecho” a este tipo de educación. Pero en México, la educación inicial ha devenido a ser un “derecho jurídico” por ser materia del derecho positivo mexicano al estar contemplada en la Ley General de Educación. En sus artículos 39, 40, 46 y 59 dicha ley habla de la “educación inicial”. Primero la contempla como integrante del “sistema educativo nacional”. Luego define sus propósitos, los cuales son “favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social” de los niños y niñas de 0 a 4 años de edad, en colaboración con los padres de familia o tutores. Luego establece las modalidades de su implementación que son la, “escolar, no escolarizada y mixta”. Enseguida condiciona que el personal que imparta la “educación inicial” debe acreditar la “preparación adecuada”, que las instalaciones deben satisfacer “las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad educativa determine y que se deben “facilitar la inspección y vigilancia de las autoridades competentes”.

En la actualidad, los servicios que brinda el gobierno de “educación inicial” se ofrecen en tres modalidades: escolarizada, semiescolarizada y no escolarizada. Las instituciones que cubren mayor población son: la Secretaría de Educación Pública, SEP, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, DIF, el Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, y el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores, ISSSTE.

La mayor parte de la atención que brindan el IMSS, el ISSSTE y el DIF se cubre con la modalidad escolarizada, sea directamente a través de los centros de desarrollo infantil, o a través de servicio subrogado. En el caso de la Secretaría de Educación Pública, se ofrece el servicio en tres modalidades: en la modalidad escolarizada, a través de los centros de desarrollo infantil; en las modalidades no escolarizada y semiescolarizada, en menor medida, se atiende a población de comunidades rurales e indígenas con los servicios del Consejo Nacional de Fomento Educativo, CONAFE, y de la Dirección General de Educación Indígena. Otras instituciones que ofrecen servicios de educación inicial a sectores sociales más reducidos son el Instituto Politécnico Nacional, universidades, el sector paraestatal, organismos sociales como los CENDI’s Paulo Freire, particulares y otras organizaciones autónomas. En algunos casos la oferta es una prestación laboral, en otros es iniciativa de particulares autorizados o subrogados y otros más como voluntarios.

En la modalidad de la “educación inicial escolarizada” se atiende básicamente a la población de sectores urbanos y suburbano. Generalmente este servicio constituye una prestación a madres y/o padres trabajadores; cuenta con un programa educativo y organiza la atención clasificando a los niños en 2 secciones: lactantes y maternales. En los Centros de Desarrollo Infantil, CENDI, los niños también reciben atención médica-preventiva, así como, servicios en las áreas de psicología, trabajo social, pedagogía, nutrición y odontología.

En la modalidad de la “educación inicial no escolarizada” se ofrece apoyo a los padres de niños y niñas de 0 a 4 años de edad. El objetivo principal es mejorar las pautas de crianza, lograr un desarrollo cognitivo y afectivo más adecuado, un crecimiento sano y armónico y facilitar a los infantes procesos de aprendizaje posteriores. Esta modalidad no está sujeta al calendario escolar. La distribución del tiempo, los medios y los lugares se definen a partir de la demanda de la población; el educador por lo general es un voluntario de la comunidad. No se requiere de perfil de escolaridad sino cualidades: responsabilidad, honestidad y constancia. Estos promotores reciben capacitación de parte de las instancias responsables.

La modalidad de “educación inicial semiescolarizada” fue creada para satisfacer la necesidad de ofrecer servicios educativos a un mayor número de niños de 2 a 3 años de edad, y apoyar a las madres trabajadoras que carecían de prestaciones laborales. Se atiende principalmente a la población de zonas urbanas marginadas que no cuentan con servicios educativos para niños del grupo de edad. El objetivo es dar atención y educación integral a los niños, a muy bajo coste. Los espacios para esta atención son casas particulares u otros facilitados por la comunidad. El sostenimiento es a través de organizaciones públicas y privadas. Las modalidades semiescolarizada y no escolarizada constituyen dos estrategias de atención a población en riesgo: comunidades rurales, indígenas y de zonas marginales urbanas.

Como se aprecia, la educación inicial no solamente es un derecho, sino que el Estado Mexicano ya está brindando este servicio. De allí que el gobierno de la entidad debiera incorporar en su plan de desarrollo y en sus actividades, los servicios de la “educación inicial”. En fin.


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