Tepic, Nayarit, martes 16 de abril de 2024

El Dip. Gianni presume su ignorancia

Francisco Cruz Angulo

22 de Junio de 2016

Ante la andanada de críticas que le propinaron al diputado priísta Gianni Ramírez por haber votado en contra de la iniciativa ciudadana “3 de 3” que más de 600 mil ciudadanos demandaron para que se hiciera pública la declaración patrimonial, fiscal y de interés acudió el lunes pasado al noticiero nocturno de XHKG “Al Momento” con el fin de aclarar su posición y, según él brindarnos una explicación “sencilla” del contenido de las 7 leyes reglamentarias del Sistema Nacional Anticorrupción, específicamente la Ley secundaria de Responsabilidades de los Servidores Públicos, mejor conocida como ley “3 de 3”.

El Dip. Gianni alardeando de que fue uno de los legisladores que mostró más preocupación para que se acatara el mandato ciudadano resumió en inciso a, inciso b e inciso c lo que aprobó junto con el resto de sus compañeros de partido la llamada Ley “3 de 3”.

Fue evidente que el diputado Gianni olvidó o porque a lo mejor ni siquiera leyó la mencionada ley que los tres incisos a los que se refirió corresponden al Artículo 29 y 32 de la antes mencionada ley.

Al referirse al Artículo 29 a la obligatoriedad de que todos los servidores públicos deban presentar su declaración “3 de 3” lo que no dijo es que solo serán del dominio público aquella información que ponga en riesgo su seguridad personal y será un consejo ciudadano y luego un comité coordinador relacionado con fiscalización y transparencia el que determine qué información deba mantenerse en la secrecía y que otra deberá divulgarse públicamente.

En otras palabras la declaración “3 de 3” quedó en el plano de la subjetividad y de la tramitología burocrática.

Al responder el por qué el Senado de la República y luego la Cámara de Diputados aprobaron de última hora el Artículo 32 de la susodicha ley de responsabilidades de que todas las personas físicas y morales que celebren contratos o convenios de bienes y servicios con los tres órganos de gobierno deberán presentar su declaración “3 de 3”, el ex secretario de Obras Públicas del Gobierno Estatal justificó que en los actos de corrupción también están involucrados los empresarios y que si éstos exigen transparencia pues entonces también están obligados a declarar el origen de sus recursos.

Cuando su entrevistador le expresó que el Artículo 32 tal y como quedó redactado implicaría que no solo los empresarios serían entes obligados sino que también estudiantes becarios, beneficiarios de los programas sociales como apoyo al adulto mayor, a mujeres solteras y miles y miles de beneficiarios del programa PROSPERA, saliéndose por la tangente solo replicó que todos los beneficiarios de los programas sociales quedarían exentos de la ley “3 de 3”. Se ve que nuestro flamante legislador no leyó bien el artículo en cuestión seguramente porque estaba somnoliento a la hora de la votación.

Vamos a esperar que una vez que concluya su periodo como diputado y asuma la dirección de varias de sus empresas de construcción haga del conocimiento público cuál es su actual patrimonio familiar, su declaración fiscal y si utilizó o no el puesto de secretario de Obras Públicas para presentar su riqueza personal.

Por cierto, el sector empresarial exhortó al presidente Enrique Peña a que reserve los artículos 29 y 32 de la Ley 3de3, con el fin de precisar que la fiscalización a las empresas sea ejecutable sólo a directivos y dueños de empresas, y no a los trabajadores o beneficiarios de programas sociales, cuando haya contratos públicos, pues, de lo contrario, generará incertidumbre jurídica.

Vale la pena destacar que salvo la mutilación de la iniciativa ciudadana “3 de 3” hubo grandes avances en materia de la lucha en contra de la corrupción.

Entre otras, la creación de la Fiscalía Especializada en contra de la corrupción con autonomía respecto a la PGR, con personal y recursos propios; a la Auditoría Superior de la Federación se le otorgaron más facultades que consisten en fiscalizar, investigar y ejercer acción penal ante el órgano jurisdiccional a los servidores públicos que incurran en diversos actos de corrupción, no solo al término de cada ejercicio fiscal sino cuando algún ciudadano u organización civil lo denuncie; reformas al Código Penal para que no solo repare el daño al erario público sino que se sancione con cárcel en delitos que antes se sancionaban administrativamente.

Es indudable que las 7 leyes reglamentarias del Sistema Nacional  Anticorrupción fueron un gran paso adelante, pero no lo suficiente como lo demandaron millones de ciudadanos mediante su voto de castigo a los gobiernos corruptos en el proceso electivo pasado del 5 de junio…

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