Tepic, Nayarit, jueves 18 de abril de 2024

El pago de pruebas de ADN no incrementará pensiones alimenticias

Oscar González Bonilla

23 de agosto de 2013

En el mediano plazo no habrá explosión de pensiones alimenticias, advierte Pedro Antonio Enríquez Soto, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Nayarit.

Surge su apreciación con base en la disposición del gobernador Roberto Sandoval de apoyar a madres solicitantes con el pago (al parecer, seis mil pesos) de pruebas de ADN para comprobar la paternidad.

Una vez con el resultado del análisis de laboratorio en sus manos, prueba más que suficiente para confirmar la paternidad, la madre estará en su derecho, según el anuncio oficial, de presentar ante la Fiscalía General del Estado demanda por pago de pensión alimenticia.

Existen dos formas de reclamar la pensión alimenticia, una es a través de la demanda civil ante un juzgado familiar y la otra es la vía penal denunciando la comisión del delito de abandono de familiares, explica Enríquez Soto.

Las pensiones alimenticias, según el jurisconsulto, se encuentran entre los tres primeros juicios más recuentes en la entidad (rectificación de actas de registro civil y préstamos en dinero, son los otros) con mil 597, según datos estadísticos de 2012.

Al funcionario judicial le parece elevado el índice de asuntos en materia de pensión alimenticia en Nayarit, indicador para reflexionar de que algo deberá hacerse sobre el tema.

Crear conciencia, es un argumento válido, según el magistrado Enríquez, de que el pago de pensión alimenticia es una obligación fundamental, es ineludible su  cumplimiento.

El advenimiento de la gran noticia, sostiene, es que en el Tribunal Superior de Justicia de Nayarit existe un alto grado de eficiencia de la autoridad para obligar al pago de la pensión alimenticia.

Sólo el pago se dificulta a los jueces cuando el deudor alimentario carece de empleo estable, o bien no tiene empleo, tampoco patrimonio embargable para garantizar el cumplimiento legal de la obligación, sin embargo en favor de las familias que demandan es altísimo el porcentaje de eficacia de liquidación.

Califica el presidente Pedro Antonio Enríquez Soto decisión extraordinaria el suceso de que el gobernador de Nayarit, Roberto Sandoval, haya hecho público su interés de apoyar con el pago de la prueba de ADN a las madres que reclaman paternidad responsable para sus hijos.

 La Constitución local, a juicio del magistrado, hace tiempo consigna la obligación de los nayaritas a conocer genealogía, lo cual significa el derecho a saber quién es su madre y su padre biológicos.

“La evidencia científica para conocer la paternidad de una persona es el ADN, es la prueba principal.

“Cuando el juez decide la práctica de la prueba de ADN es común encontramos con el problema de que el trámite se trunca, hasta allí llega, porque muchas personas que reclaman la paternidad no tienen dinero para practicar esta prueba, máxime si se realiza en laboratorios particulares donde es costosa.  

En Servicios Periciales del Estado funciona un laboratorio de alto nivel con los implementos técnicos y científicos para realizar esta prueba, pero eso no significa que sea gratis, sostiene el funcionario judicial.

“Es alto el precio porque los reactivos que se utilizan tienen un alto costo, pero indudablemente es menor al de un laboratorio particular.

El hecho de que el gobernador Roberto Sandoval tome esta decisión es fundamental, porque en principio garantiza un derecho de los nayaritas que está en la Constitución, y segundo representará una línea para aquellas familias que exigen reconocimiento de paternidad y que por falta de dinero no acceden a esa posibilidad, sentencia el presidente del TSJ.

“Nosotros lo celebramos mucho porque es de plena justicia”.

Duda el abogado Pedro Antonio Enríquez Soto que la decisión del gobernador Roberto Sandoval represente un voluminoso incremento de los juicios de paternidad, debido a la enorme facilidad en Nayarit ofrecida a las mujeres inmersas en este conflicto legal.

“Habría que medir, pero realmente no son muchos casos de juicios de paternidad, tampoco dentro del universo estadístico representa un dato que nos indique una explosión.

“Estadísticamente los juicios de paternidad no se encuentran en los datos crecientes, por tanto no hay alarma.



“Sin embargo, lo más importante es que los actuales juicios de paternidad, es decir, las familias que reclaman tengan la posibilidad de concluir su juicio con medios económicos al alcance.

Recurre juez al ordenamiento de medidas punitivas en caso que el padre de plano no pueda liquidar lo correspondiente a la pensión alimenticia, se le comenta al entrevistado.

Bueno, este es una situación muy complicada, en este momento pareciera que ante esa imposibilidad de que el deudor demostrara insuficiencia económica representa una injusticia, alguien muy cómodamente puede decir no tengo trabajo por tanto no doy para la compra de alimentos.

Algo tenemos que hacer, es probable que si el padre no tiene trabajo para la familia sea injusto que el hijo no pueda acceder al apoyo del papá o de la mamá, porque puede ser de uno o de otro, por esa mera excusa de no tener trabajo, esto es algo que no está resuelto propiamente en la ley.

Hay un principio de que los alimentos son proporcionales a la necesidad del que debe recibirlos y a las posibilidades de quien debe otorgarlos, es decir el juez busca un equilibrio, qué tantas son las necesidades de los acreedores alimentarios, pero también que tantos son las posibilidades de otorgarlos.

El que tiene un salario mínimo, pues atendiendo a la posibilidad de su salario tendrá que otorgar los alimentos,

El problema radica en aquellos que de plano no pueden acreditar un ingreso.

Aquí sí da una sensación de injusticia, da una sensación de qué hacer en estos casos donde la ley no les da una respuesta muy clara para obligar,

Claro, puede haber causas extraordinarias en deudores alimentarios que no tienen trabajo, pero no porque no quieran conseguir trabajo sino porque están impedidos para trabajar, discapacitados, personas con problemas de salud, imposible cumplir con la obligación, bueno aquí estamos ya ante circunstancias extraordinarias.

Lo delicado está en los demás casos, cuando una persona sí tiene las mejores condiciones para trabajar y buscar un trabajo y no lo hace, entonces creo que la alternativa es la sanción de carácter penal porque es abandono de familiares vinculado a la falta de responsabilidad de estos padres.

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